
Ahora cuando las cosas caen por su propio peso, cuando los dictámenes y los organismos confirman lo que afirmamos desde un inicio -la validez y vigencia de la Ley Universitaria 30220-, como diría el poeta Vallejo, se hace necesario tener mucho cuidado. Según parece cuando la lagartija pierde la cola no muere sino que esta sigue moviéndose. Resulta curioso que, año y medio después de aprobada la Ley, deslinden a favor de ella quienes han sido uña y mugre del sátrapa que funge de autoridad rectora. Ojalá hubieran asumido dicha postura apenas se conoció la norma, tal vez no estaríamos en esta crítica situación si no hubieran, con su anuencia y respaldo práctico a las sesiones del Consejo Universitario, legitimado la pseudo política de la avestruz que se impuso durante meses.
Resulta que muchos que continuaron la vida universitaria como si no pasara nada nos dicen hoy que hay una salida ligada a la cola de la lagartija. Algunos se han apresurado en aseverar que es un ser que se mueve en forma independiente y diferente, ven en esta una paloma salvadora, hasta un ángel caído del cielo. Sin embargo, para quienes nunca estuvimos involucrados ni avalando las acciones de desacato ni el manejo ilegal de nuestra universidad decimos con convicción y firmeza: solo son una nueva lagartija en ciernes que quieren aprovecharse de la situación.
No ha habido mejor prueba de la necesidad perentoria de la Ley Universitaria 30220 y de lo justificado de su aprobación que escuchar perplejo las declaraciones de un personaje con apariencia de beodo, de rostro congestionado y mirada torva que funge de autoridad rectora: “El Sunedu no tiene autorización legal para decir que el 31 de diciembre cesan todas las autoridades. Entonces, ¿quién está pretendiendo incumplir la ley? Sunedu.” (http://larepublica.pe/sociedad/730139-pedro-cotillo-advierte-que-solo-con-tanques-lo-sacaran-de-san-marcos).
¿Cómo llegó este farmacéutico opaco, de léxico limitado y carente de producción científica a ser nuestra máxima autoridad? La respuesta tiene que ver precisamente con la paulatina hegemonía que lo burocrático-administrativo fue adquiriendo en nuestra universidad, consecuencia del predominio de la politiquería oportunista, santificada como “realismo”, y que ha destrozado la vida académica, la democracia y la tradición crítica de la Decana de América.
Con un cinismo colindante en lo esquizofrénico, desnuda una ignorancia supina en cuanto a cultura cívica con clara intención manipuladora, para a través de notorias falsedades justificar lo injustificable. ¿Cuál es la lógica rebuscada y errada que rige sus palabras? Intentemos precisarla. Según parece contrapone su elección en el claustro bajo el amparo de la Ley 23733, como acto supuestamente democrático, que estaría siendo violado como derecho por una Superintendencia írrita, dictatorial y abusiva. Por ello, en supuesto gesto rebelde, pretende quedarse hasta el final de su mandato fijado por esa norma hasta fines del mayo del 2016.
Sin embargo, hay en su argumento una confusión que linda con la alevosía, este personaje “que le gusta de ser rector”, según sus propias palabras, ha tergiversado la noción de irretroactividad de la ley, que significa que las normas legales rigen a partir de su vigencia sin poder aplicarse a situaciones pasadas, para que parezca que la 30220 afecta su derecho a permanecer el tiempo por el que fue elegido. No existe ningún principio jurídico que establezca que los plazos acordados en una ley anterior continúan con la nueva.
Este burócrata atornillado a su puesto se olvida de que es un empleado del Estado peruano y que le debe obediencia al Congreso. Asimismo, pretende confundir a los desprevenidos al afirmar que está cumpliendo la ley, al extrapolar el criterio de cosa juzgada. Es decir, en este caso no se trata de una sentencia judicial dada en derecho frente a la que no cabe ningún medio de impugnación. Esta norma traduce el respeto y subordinación a lo decidido sobre lo mismo, en un juicio anterior. En el caso de la reforma universitaria en curso se trata de la aprobación de una norma jurídica nueva que sustituye a la anterior. La opinión de este exrector supone la existencia de un principio aberrante de prolongación o continuidad de la ley anterior sobre la nueva, en función del interés, expectativa o beneficio de cada persona en particular.
El orden jurídico de una nación presupone la posibilidad de modificar beneficios, derechos y atribuciones otorgadas por ley, siempre y cuando se respete el principio universal de seguridad jurídica. Este derecho significa la seguridad de que se conoce, o puede conocerse, lo previsto como prohibido, ordenado o permitido por el poder público, pues el Estado no solo establece las disposiciones legales a seguir sino que tiene la obligación de crear un ámbito general de seguridad jurídica al ejercer el poder que garantice al individuo que su persona, sus bienes y sus derechos no han sido violentados o que, si esto último llegara a producirse, su situación jurídica no será modificada más que por procedimientos regulares y conductos legales establecidos, previa y debidamente publicados. Esto es precisamente lo que la nueva ley ha hecho respecto a lo establecido por la anterior.
Por el contrario, negar una ley aprobada, inculcarla en base nuestra opinión personal o desacatarla explícitamente constituye un delito porque atenta contra un principio esencial para la democracia, el de igualdad ante la ley, que establece que todos los seres humanos son iguales ante esta, sin que existan privilegios ni prerrogativas de sangre o títulos nobiliarios. Este personaje –que asegura ser una persona pacífica porque ha leído la historia de Gandhi-, pretende regresar al pasado colonial cuando los privilegios eran patrimonio de un grupo o de sujetos apañados por los poderes de turno.
La Sunedu sí tiene autoridad legal para establecer las fechas y sanciones correspondientes de acuerdo a la Ley 30220. Un funcionario público, como autoridad, no puede hacer otra cosa que acatar la ley, así esta le parezca mala o no le guste, por el criterio básico de responsabilidad laboral: cuando asumió el cargo se comprometió a cumplir las leyes y normas, no a cuestionarlas o desoírlas. Además, en el caso específico de este exrector, existe una aspecto ético implicado, puesto que la supuesta elección democrática que lo condujo a ocupar el Rectorado fue seriamente cuestionada por hechos ilegales irrefutables, como la anulación de la mesa de Medicina que otorgaba a la lista opositora mayoría y la injerencia irregular de operadores políticos en el proceso electoral en la Asamblea Universitaria ante quienes los docentes y estudiantes anuentes mostraban su voto previamente a su inclusión en el ánfora.
Ante esta evidencia, la pregunta es: ¿por qué un personaje tan mediocre y oportunista puede continuar usurpando el gobierno de la universidad más antigua del continente? Tal vez porque es funcional a la gran mayoría de docentes y estudiantes de nuestra comunidad que en los últimos años se ha preocupado de su presupuesto personal como única prioridad. Lamentablemente, todo parece indicar que estamos frente al final de un periodo de prestigio y solvencia de San Marcos.
La reciente sentencia del Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional acaba de poner un punto final a la demanda de declarar inaplicable el acuerdo de la Sunedu, que resuelve fijar el 31 de diciembre de 2015, como fecha máxima para que las universidades públicas autorizadas aprueben sus nuevos estatutos y designen a sus nuevas autoridades, declarándola INFUNDADA y mandándola definitivamente al archivo.
Sin embargo, esta sentencia deja un claro mensaje de no aferrarse al cargo, no solo al rector saliente y lagartijas, sino a todos los pretendientes del poder vacado pero fundamentalmente a los profesores que solo ven como objetivo tener u ostentar un cargo para sentirse realizados. En efecto, el décimo cuarto considerando, se señala que, los rectores o decanos, llegaron al cargo con el fin de hacer el bien común, esto es, para mejorar la enseñanza y la calidad universitaria; por tanto, no deben aferrarse al cargo por un interés personal sino pensar en toda la comunidad universitaria que con su actuar puede ser perjudicada.
El proceso de adecuación a la nueva ley universitaria implicará la búsqueda de consensos en la construcción de nuevos paradigmas para la comunidad universitaria en el contexto actual del rol de la universidad en la sociedad del conocimiento integrada al proceso de desarrollo del país. Para ello, lo primero será desterrar la corrupción y todos los antivalores derivados de la crisis de la universidad Mayor del país. Con vergüenza ajena, en estos últimos días, hemos asistido a las declaraciones públicas de lo que supondría ser la máxima autoridad de la universidad que muestran todos los antivalores que debemos desterrar en un docente de San Marcos.
Otro ejemplo de esta situación cínica y vergonzante, la tenemos en la actitud complaciente y cómplice del llamado Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo. Este Comité se viene sosteniendo cínicamente (cinismo como antivalor) en una responsabilidad a pesar de su ilegal constitución (al no incluir a los profesores más antiguos y a dedicación exclusiva) y de las advertencias de la Guía de la Sunedu. En este momento crucial, más que nunca el solo hecho de no asumir una posición crítica hace cómplice al profesor, al estudiante, al administrativo. Pero también es la hora de los oportunistas y los hipócritas. Por ello, advertimos a San Marcos que se cuide se su propio San Marcos. La única salida es desterrar todo afán politiquero y electorero. Todo continuismo con esta camarilla tenebrosa que está agonizando. Sin moral, sin ética, no es posible la recuperación de San Marcos.
Lima, 3 de enero de 2016.
¡SAN MARCOS ES COMPROMISO DE TODOS!
¡POR UN NUEVO CEUTA DE ACUERDO A LEY!
¡POR LA RECUPERACIÓN DE SAN MARCOS!
