
Recientemente, la Universidad ha ejecutado procesos de promoción docente en diversas Facultades a través de concursos para cubrir plazas vacantes mediante un nuevo reglamento, cuya tabla de evaluación, entre otros, otorga un puntaje máximo de 10% a la participación del docente en responsabilidades de gestión académico – administrativa. Esto evidentemente contraviene lo indicado explícitamente en el artículo 84 de la ley 30220, el cual textualmente señala que “los docentes son ratificados, promovidos o separados de la docencia a través de un proceso de evaluación en función de los méritos académicos que incluye la producción científica, lectiva y de investigación”. Es claro que, la norma no dice que los docentes serán promovidos en función de responsabilidades de gestión administrativa, tales como, por haber sido: directores generales, jefes de oficina, asesores, miembros de órganos de gobierno, miembros de comisiones, ni por experiencia profesional adicional en cargos directivos, como lo indica el pre-citado reglamento. Asimismo, la tabla no refleja una ponderación destacada de los méritos académicos por publicaciones científicas y asesoría de tesis de postgrado que constituyen la única forma de sostener la meritocracia y la internacionalización de San Marcos.
Esta ejecución errada de las promociones docentes ha traído como consecuencia el quiebre de la línea de carrera del profesor en San Marcos, al no permitir un verdadero flujo del talento académico. Como resultado, tenemos un embalse de docentes calificados en las categorías de profesores auxiliar y asociado, con grados de doctor, muchos de ellos investigadores REGINA, integrantes del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología e Innovación SINACYT, que no pueden ser promovidos por la errónea concepción del proceso y del reglamento de promociones.
A fin de resolver este problema resulta necesario el re-establecimiento de la línea de carrera del docente universitario, como se realizaba años atrás, esto es a través de la siguiente la secuencia de tres etapas:
1.- Promoción académica.
La universidad en uso de su autonomía académica puede llevar a cabo procesos de evaluación docente con fines de promoción dentro de la línea de carrera del docente universitario. En ese marco, la promoción académica se ejecuta a partir de la evaluación personal, individual e independiente, estrictamente por méritos estrictamente académicos propios, hasta alcanzar el puntaje mínimo establecido para el ascenso a cada categoría. Una evaluación personal podría realizarse, inclusive, por software a través de una plataforma electrónica, diseñada adecuadamente con los links de validación necesarios (repositorios digitales, RENATI, Web of Science, Scopus, Scielo, Reniec, SUM, etc).
2.- Cobertura de plazas.
La universidad a través de una política institucional de distribución de plazas presupuestales disponibles por áreas puede ejecutar -en base a su autonomía administrativa– una cobertura de dichas plazas en el año corriente mediante una distribución por estricto orden de mérito, resultante del puntaje obtenido en la etapa de la promoción académica.
3.- Promoción administrativa.
Tal como establece la ley, toda promoción está sujeta a la existencia de plaza vacante y se ejecuta en el ejercicio presupuestal siguiente. Lo cual significa que, la promoción administrativa sigue a la promoción académica. En el caso de los profesores que no hayan alcanzado plazas por cobertura, estos pueden ser incluidos en la previsión presupuestal justificada del año siguiente.
En esta forma, en el marco de la autonomía universitaria, la universidad cumpliría con la ley, respetaría el derecho del docente a ser promovido, sin entrar en conflicto con la ley de presupuesto del año corriente.
Finalmente, hacemos un llamado a los colegas por un compromiso ético de respetar la meritocracia como base para el sostenimiento del talento académico en San Marcos.
Finalmente, hacemos un llamado a los colegas por un compromiso ético de respetar la meritocracia como base para el sostenimiento del talento académico en San Marcos.
¡San Marcos compromiso de todos!
Lima, 26 de diciembre de 2017.
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Consenso, Ética y Responsabilidad
